
La presentación de la declaración de la renta del pasado ejercicio 2007 presenta importantes novedades que han de ser tenidas en cuenta. En materia de IRPF, destacar que será la primera vez que se aplique la nueva Ley y su Reglamento de desarrollo (Ley 35/2006, de 28 de noviembre y Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo) y, al margen de las modificaciones sustantivas introducidas, la novedad más destacada en la gestión del impuesto radica en la supresión del modelo de comunicación para la solicitud de la devolución rápida destinado a los contribuyentes no obligados a declarar. Asimismo, cabe destacar la regulación de la obligación de declarar, en la que se introducen modificaciones en determinados límites y condiciones, al tiempo que se establece la obligatoriedad de presentar la declaración para todos los contribuyentes que pretendan obtener la devolución derivada de la normativa del IRPF, incluidos los no obligados a declarar.
Novedades
Las principales novedades y controversias del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio son, en esencia, los siguientes:
• Se crea un impuesto dual, por un lado la Renta General que tributa conforme a tarifa progresiva y por otra la renta del ahorro que tributa al tipo fijo del 18% sin tiempo de permanencia, integrándose en la renta del ahorro la mayoría de los rendimientos del capital mobiliario.
• Se suprime la reducción del 40% en los rescates en forma de capital en sistemas de previsión asegurados.
• Se reduce la escala del impuesto de cinco a cuatro tramos, con un tipo máximo del 43% y mínimo del 24%.
• Los coeficientes que permitían reducir o incluso eliminar la tributación derivada de bienes (fondos, acciones, inmuebles...) comprados antes del 31 de diciembre de 1994 son eliminados pero se respetan los derechos adquiridos con efectos hasta el 20 de enero de 2006. La parte de ganancia posterior a 20 de enero de 2006 tributará sin aplicar coeficientes de abatimiento al 15% en 2006 y al 18% en 2007.
• Se incorporan nuevas exenciones.
• Las prestaciones percibidas en forma de renta de planes de pensiones por personas con minusvalía: hasta 3 veces IPREM.
• Las rentas manifestadas al constituirse la renta vitalicia de los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS)
• Se favorece el arrendamiento de inmuebles: los gastos derivados de intereses por la compra o mejora del inmueble y los gastos de conservación y reparación si exceden de los ingresos por inmueble se pueden trasladar a los cuatro años siguientes.
• Se establece la exención de la ganancia patrimonial puesta de manifiesto en la venta de la vivienda habitual a todas las personas que se encuentren en situación de gran dependencia.
• Se incrementan los mínimos personal y por descendientes, y además se complica su aplicación con la finalidad de que tenga el mismo valor para todos los contribuyentes. Con la aplicación de la nueva Ley estos mínimos no reducen la base imponible, sino que sobre los mismos se aplica de forma diferenciada la tarifa, y el resultado reduce la cuota total íntegra.
• Se eleva del 15% al 18% el porcentaje de retención e ingreso a cuenta en cuatro casos: los rendimientos del capital mobiliario; los premios que se entreguen por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias; los rendimientos de la propiedad industrial, intelectual, prestación de asistencia técnica, así como el arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas; y los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Otras diferencias
Cabe destacar las novedades del IRPF, introducidas por otras normas:
• La nueva deducción por nacimiento o adopción de 2.500 euros anuales, regulada en la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, con cargo al tramo estatal y que se puede percibir de forma anticipada. Se aplica a nacimientos o adopciones producidos desde el 1 de julio de 2007.
• Los nuevos módulos para el año 2007, aprobados por Orden EHA/804/2007, de 30 de marzo.
• Nuevos coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles, tanto para los afectos como los no afectos a actividades económicas, aprobados por LPGE-2007.
•Para el año 2007, todas las Comunidades Autónomas de régimen común han establecido deducciones propias del IRPF y la Comunidad de Madrid rebaja su escala autonómica.
•En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, las distintas CCAA se han ido animando y Andalucía, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid y Valencia tienen mínimos exentos propios; Cataluña y Valencia tienen bonificaciones especiales.
Las asesorías y consultorías ofrecen más información sobre cómo hacer la declaración de la renta.
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