de de
Actualizada a las 11:34 - 02/09/2010
logo

Utilizar a los empleados para asuntos particulares es causa de despido, según el juez

  • 09 de junio de 2010
  • 13:42
  • 0 comentarios

 

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dictado una sentencia en la que avala el despido procedentes del encargado de la sucursal de una empresa por aprovecharse de su cargo como jefe para utilizar a los empleados en tareas que dependen únicamente de su vida privada como gestiones particulares y recados personales. Por lo tanto se trata, para la Sala, de un claro caso de abuso de poder aprovechándose el demandante de su superioridad jerárquica en el organigrama de la empresa.

 

La sentencia, que sienta jurisprudencia, desestima el recurso interpuesto por el aludido contra la anterior sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Cartagena hace un año, en mayo de 2009, y en la que se rechazaba su demanda, y por lo tanto declaraba su despido como procedente, ‘sin derecho a indemnización ni salarios de tramitación’ por abuso de poder en sus funciones.

 

Abuso de poder

La empresa informó al demandante en su carta de despido de los motivos por los que se rescindía su contrato de forma unilateral, al tener constancia de que éste había enviado a uno de sus trabajadores a recoger una camisa que había adquirido en una sastrería, y a otra empleada a por un cable para su ordenador particular. Pese a que no es lo habitual se han denunciado más casos en los que los trabajadores han asegurado ser obligados a realizar gestiones particulares para sus superiores como llevarle el coche al taller, recoger a los niños del colegio o hacer la compra en el supermercado.

 

Además se explicita que salió ‘en ocasiones repetidas’ del centro de trabajo para fumar, pese a no contar con el beneplácito de la compañía. En caso de que los empleados se negasen a realizar estas gestiones privadas, les amenazaba con ‘hacer uso de los currículums en poder de la empresa’ para cubrir sus posibles vacantes, por lo que queda probada la actitud abusiva de poder por parte del demandante.

Comentarios:

Esta noticia no tiene comentarios. Anímate a comentar esta noticia

Dejar comentario